CONSULTA
El Ayuntamiento ha emitido una orden de embargo de nómina contra un trabajador de una
empresa. El gerente de la misma se ha negado a recibir la notificación. Nos gustaría saber si podemos
iniciar contra él o contra la
empresa un procedimiento de derivación de responsabilidad solidaria porincumplimiento de la orden de embargo
(art.42.2.b de la LGT) así como
imponer una o varias sanciones tributarias en virtud del art.203.1.b LGT
por no atender uno o varios requerimientos notificados, y si ambos procedimientos son compatibles. En tal caso
¿deberíamos derivar la responsabilidad
e imponer las sanciones a la empresa o al gerente que se niega a recibir la notificación o que incumple la
orden de embargo?
¿Cuantas sanciones tributarias podrían imponerse? ¿Debería instruir el procedimiento el departamento de recaudación ejecutiva?
¿Cuantas sanciones tributarias podrían imponerse? ¿Debería instruir el procedimiento el departamento de recaudación ejecutiva?
RESPUESTA
