En tráfico se permite la matriculación de vehiculos a nombre de personas con nº de pasaporte. Cuando estos impuestos de vehiculos quedan pendientes de pago, a nombre de estos contribuyentes con nº pasaporte como identificación, no podemos hacer actuaciones de embargo de cuentas bancarias, salarios y devoluciones de hacienda, quedando limitadas las actuaciones a los embargos de vehículos e inmuebles, en el caso de que estos se encuentren todavía en el territorio de competencia. ¿que podemos hacer con estas deudas? ¿declarais fallidos a estos contribuyentes tras notificar la providencia de apremio?
RESPUESTA