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lunes, 9 de septiembre de 2013

NOTIFICACION EDICTAL MULTAS EN EJECUTIVA ¿?


CONSULTALa remisión que la ley de Tráfico en su artículo 90 hace al Reglamento de Recaudación para el cobro de las sanciones ¿qué alcance tienerealmente...?¿afecta a la forma de notificación de la providencia de apremio? ¿o en ese aspecto hay que remitirse a la Ley 30/1992?. 



Mi duda es por la necesidad o no de publicar edictos en el Ayuntamiento del último domicilio en el caso de las notificaciones por comparecencia: art.59.5 Ley 30/1992 v.112 LGT.


 En la LGT esa publicación parece potestativa y en la ley 30 preceptiva.

¿Cómo lo ves tú? Gracias.