CONSULTA
El Ayuntamiento de Villena (Alicante) realizo su última ponencia
en 1996. Tras la lectura del RDLey es claro que debe de aplicar un aumento
del 10%.
No obstante me surge la duda en referencia a aquellas actualizaciones de
valores catastrales de nuevas construcciones ó reformas y/o ampliaciones
comunicadas y legalmente tramitadas. En estos casos se aplico unos valores
actualizados, como es lógico.
LA PREGUNTA SERÍA:
¿También debe de aplicarse el 10% a estas propiedades que no existían en
la ponencia general realizada en 1996, como es el caso? Ó ¿Debe de
aplicarse el Apartado b) ó c)?