Por fin , Registradores y notarios reconocen la gratuidad de la solicitud de notas simples por los Ayuntamientos y sus servicios recaudatorios.
A continuación la resolución de la Dirección General de Registros y Notariado.
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miércoles, 5 de junio de 2013
martes, 21 de mayo de 2013
CONSULTA:NOTAS SIMPLES GRATUITAS
Publicado por
Unknown
CONSULTA:
La notas simples que solicitamos al Registro de la Propiedad nos las cobran y constan como costas del procedimiento. Pero en base al artículo 114.2º del Reglamento General de Recaudación podríamos exigir que sean gratuitas?
RESPUESTA
"114.2 RGR Los gastos que se ocasionen por actuaciones de los registros públicos serán los establecidos en la normativa vigente.
La notas simples que solicitamos al Registro de la Propiedad nos las cobran y constan como costas del procedimiento. Pero en base al artículo 114.2º del Reglamento General de Recaudación podríamos exigir que sean gratuitas?
RESPUESTA
"114.2 RGR Los gastos que se ocasionen por actuaciones de los registros públicos serán los establecidos en la normativa vigente.
Las actuaciones que consistan en facilitar información a los órganos de recaudación tendrán carácter gratuito.Los registradores o encargados de los registros expedirán factura de los gastos que procedan y los consignarán en los mandamientos o demás documentos que les sean presentados o que expidan relacionados con los bienes embargables.
El pago de dichos honorarios se efectuará una vez realizada la enajenación de los bienes o cobrado el débito perseguido. Si el crédito resultara incobrable, el pago se efectuará una vez practicada la liquidación de costas con cargo a los fondos habilitados para este fin."
El pago de dichos honorarios se efectuará una vez realizada la enajenación de los bienes o cobrado el débito perseguido. Si el crédito resultara incobrable, el pago se efectuará una vez practicada la liquidación de costas con cargo a los fondos habilitados para este fin."
Este artículo se introdujo en el Reglamento General de Recaudación con intención de acabar con la polémica entre Registradores y Recaudación ; aún así bastantes Registradores siguen haciendo lo que les parece oportuno...
Normalmente las notas simples no se suelen cobrar pero ,en la mayor parte de los casos , para inscribir las anotaciones de embargo obligan a pagar anticipadamente y no a la conclusión del expediente.
Interesa mantener buenas relaciones con los Registradores pero también que éstos cumplan con el RGR.
Seguro que muchos de los seguidores de este blog pueden exponer sus experiencias....
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