¿Podrían delegarse las funciones reservadas del Tesorero, como la Providencia de Apremio o Diligencia de Embargo en un funcionario sin habilitación nacional?
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miércoles, 29 de julio de 2015
jueves, 4 de abril de 2013
Cambio de domicilio no comunicado y descubierto antes de subastar una parcela en vía de apremio
Publicado por
Unknown
CONSULTA
En un expediente de recaudación ejecutiva por impago de cuotas urbanísticas, no se pudo notificar la providencia de apremio a una empresa constructora, por resultar desconocida en el domicilio social que tenía hasta el momento. Por ello se publicó en el BOP por edictos el 5 de octubre de 2012, y como el art. 112.3 LGT nos dice que en estos casos ya se les tiene por notificados de los sucesivos trámites, no se intentó notificar ni se publicó ni la diligencia de embargo de bienes ni tampoco la valoración de los mismos para subasta.
Llegado el momento de notificar y publicar el acuerdo de enajenación de bienes por subasta, hemos intentado notificar y localizar un domicilio, y nos hemos enterado de que esta sociedad trasladó su domicilio a otra provincia, y que se publicó en el BORME con fecha 26 de octubre de 2012 dicho cambio de domicilio. También en las bases de datos de la AEAT figura dicho domicilio nuevo a partir de 2013.
¿Deberíamos retrotraer el expediente y notificarle los actos posteriores a la providencia de apremio?
¿Sería correcto notificarle ahora al nuevo domicilio la subasta de la finca y publicar el edicto en el BOP?
La sociedad en ningún momento nos comunicó el cambio de domicilio, sino que se ha
podido saber ahora gracias a nuevas averiguaciones que se han hecho.
RESPUESTA
En un expediente de recaudación ejecutiva por impago de cuotas urbanísticas, no se pudo notificar la providencia de apremio a una empresa constructora, por resultar desconocida en el domicilio social que tenía hasta el momento. Por ello se publicó en el BOP por edictos el 5 de octubre de 2012, y como el art. 112.3 LGT nos dice que en estos casos ya se les tiene por notificados de los sucesivos trámites, no se intentó notificar ni se publicó ni la diligencia de embargo de bienes ni tampoco la valoración de los mismos para subasta.
Llegado el momento de notificar y publicar el acuerdo de enajenación de bienes por subasta, hemos intentado notificar y localizar un domicilio, y nos hemos enterado de que esta sociedad trasladó su domicilio a otra provincia, y que se publicó en el BORME con fecha 26 de octubre de 2012 dicho cambio de domicilio. También en las bases de datos de la AEAT figura dicho domicilio nuevo a partir de 2013.
¿Deberíamos retrotraer el expediente y notificarle los actos posteriores a la providencia de apremio?
¿Sería correcto notificarle ahora al nuevo domicilio la subasta de la finca y publicar el edicto en el BOP?
La sociedad en ningún momento nos comunicó el cambio de domicilio, sino que se ha
podido saber ahora gracias a nuevas averiguaciones que se han hecho.
RESPUESTA
miércoles, 20 de febrero de 2013
CONSULTA RECURSOS CONTRA ACTUACIONES DE RECAUDACION
Publicado por
Unknown
CONSULTA
Recursos contra actuaciones de recaudación
¿Es necesario contestar un recurso de reposición contra
la providencia de apremio mediante un Decreto del Alcalde o Concejal
Delegado, o se puede contestar con un simple oficio del Tesorero o del Jefe
de Recaudación? Y si el recurso se presenta contra una notificación o
actuación de embargo ¿qué recurso cabe y quien debe resolverlo, el
Alcalde o Concejal Delegado mediante Decreto o el Tesorero o Recaudador con
un simple oficio?
Recursos contra actuaciones de recaudación
¿Es necesario contestar un recurso de reposición contra
la providencia de apremio mediante un Decreto del Alcalde o Concejal
Delegado, o se puede contestar con un simple oficio del Tesorero o del Jefe
de Recaudación? Y si el recurso se presenta contra una notificación o
actuación de embargo ¿qué recurso cabe y quien debe resolverlo, el
Alcalde o Concejal Delegado mediante Decreto o el Tesorero o Recaudador con
un simple oficio?
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