CONSULTA
Se ha iniciado expediente de derivación de responsabilidad a los administradores de una sociedad tras declararla insolvente.
En el Registro Mercantil aparece a fecha de hoy un administrador único y un apoderado.
Hemos derivado contra los dos, pero el segundo nos ha recurrido alegando que no es administrador.
El acrónimo de la empresa lleva parte de su apellido, y es persona solvente, a diferencia del primero, que es totalmente insolvente.
¿Podemos derivarle la responsabilidad subsidiaria a él también, o sólo al administrador único?
¿Y si en el momento del devengo de los tributos hubiera sido administrador único o solidario o al revés?
Se trata de una SL.