En los últimos post y consultas se ha tratado especialmente el tema de la realización de acciones ejecutivas fuera del término municipal , como continuación a este tema , quiero hacerme eco de la propuesta de modificación del anteproyecto para la racionalización de los recursos locales.
Se pretende que desde la Administración Local se haga llegar a la FEMP y al Ministerio de Hacienda la necesidad de la reforma o supresión del art 8.3 TRLRHL que establece la necesidad de que sean la AEAT las CCAA quienes desarrollen estas actividades , impidiendo que las Administraciones Locales puedan realizar estas acciones directamente fuera del término municipal.
A continuación os transmito el texto de la propuesta , con la intención de que sea solicitada por los Ayuntamientos y Diputaciones a la FEMP así como al Ministerio de Hacienda.
Como aportación personal opino que , ya que el Gobierno acaba de presentar el proyecto de ley que va a modificar la LBRL, podría modificar el art 4 LBRL dónde se determinan las potestades de las Entidades Locales o el art 12 LBRL dónde se define el término municipal , en el sentido de permitir la ejecución forzosa de sus actos y concretamente la recaudación ejecutiva fuera del término municipal bien directamente bien a través de las Diputaciones Provinciales.
Si el Gobierno pretende fortalecer la figura de las Diputaciones qué mejor manera que ésta ; aunque quizás mi opinión como empleado de la Diputación no sea lo suficientemente aséptica.
En todo caso , os transmito el texto de esta propuesta interesante y novedosa ( con origen en la Agencia Tributaria de Sevilla ) que supone un paso al frente en la resolución de este problema.