CONSULTA
Por encargo de un Agente Urbanizador, se está exigiendo el pago por la vía de apremio de
unas cuotas urbanísticas de unas parcelas de un deudor. Estas parcelas tienen inscritas las cuotas
como preferentes sobre embargos e
hipotecas posteriores por una determinada cantidad cada una de ellas. Alguna de estas parcelas no tienen más cargas
que la afección por
las cuotas. Quisiéramos saber si podemos subastar las parcelas libres de otras cargas y con ello cobrarnos todas las cuotas, pues valen mucho más, o si sería necesario subastar cada una de las parcelas por la responsabilidad que tienen.
También el deudor ha presentado un escrito en el que impugna los intereses de demora y el recargo de apremio que se le está exigiendo en vía ejecutiva. Alega que los intereses y el recargo no son legales y quiere pagar sólo por el principal, y además hacerlo directamente al Agente
Urbanizador. El Agente Urbanizador ha manifestado que está de acuerdo con que le paguen el principal, pero el Ayuntamiento ha liquidado intereses de demora y el recargo del 20 por cien, al haberse notificado la providencia de apremio. También se ha incurrido en costas por honorarios al Registro de la Propiedad y por Edictos en Boletines Oficiales. Quisiéramos saber si el recargo y los intereses corresponden al Ayuntamiento o si son para el Agente Urbanizador, y en ese caso, si éste podría perdonarlos.
las cuotas. Quisiéramos saber si podemos subastar las parcelas libres de otras cargas y con ello cobrarnos todas las cuotas, pues valen mucho más, o si sería necesario subastar cada una de las parcelas por la responsabilidad que tienen.
También el deudor ha presentado un escrito en el que impugna los intereses de demora y el recargo de apremio que se le está exigiendo en vía ejecutiva. Alega que los intereses y el recargo no son legales y quiere pagar sólo por el principal, y además hacerlo directamente al Agente
Urbanizador. El Agente Urbanizador ha manifestado que está de acuerdo con que le paguen el principal, pero el Ayuntamiento ha liquidado intereses de demora y el recargo del 20 por cien, al haberse notificado la providencia de apremio. También se ha incurrido en costas por honorarios al Registro de la Propiedad y por Edictos en Boletines Oficiales. Quisiéramos saber si el recargo y los intereses corresponden al Ayuntamiento o si son para el Agente Urbanizador, y en ese caso, si éste podría perdonarlos.
RESPUESTA