lunes, 2 de diciembre de 2013

CONSULTA :PAGOS POR TERCEROS

CONSULTA
Un contribuyente ha venido pagando un recibo de IBI domiciliado que estaba a nombre de otro. Después de varios años, se ha dado cuenta ahora que ese recibo no corresponde a la propiedad que quería pagar, sino a otra de un tercero, y que la suya (que también figura a nombre de otra persona) figura pendiente de pago. Nos trae la escritura que en su día no presentó y que acredita que es titular del inmueble cuyos recibos no se han pagado, y también nos demuestra que los que ha pagado no son de él sino de un tercero, y solicita la devolución de ingresos indebidos. ¿Qué debemos hacer?
RESPUESTA


Artículo 32 LGT Devolución de ingresos indebidos 
1. La Administración tributaria devolverá a los obligados tributarios, a los sujetos infractores o a los sucesores de unos y otros, los ingresos que indebidamente se hubieran realizado en el Tesoro Público con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 221 de esta ley.
 Artículo 33 RGR Legitimación, lugar de pago y forma de pago 
1. Puede efectuar el pago, en periodo voluntario o periodo ejecutivo, cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya lo conozca y lo apruebe, ya lo ignore el obligado al pago.
El tercero que pague la deuda no estará legitimado para ejercitar ante la Administración los derechos que corresponden al obligado al pago.
Vistos estos artículos entiendo que el tercero que abona un recibo , no siendo obligado tributario, no puede solicitar la devolución de un ingreso que ha realizado erróneamente. Es decir , que el tercero que paga no se subroga en la posición jurídica del acreedor.
El tercero debería reclamar vía civil el pago indebido al titular/res del IBI que correspondan.
Entiendo que se podría solicitar la devolución en el caso de que el error fuese imputable a la Recaudación municipal.

El pago por tercero además de recogerse en el RGR , constituye una práctica típica en la Recaudación municipal no exenta de riesgos por lo que se deben extremar las precauciones al admitir esta práctica así como advertir al contribuyente de las consecuencias y valor del pago.

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