lunes, 12 de marzo de 2012

BUENAS PRACTICAS EJEMPLO DE OFICINA VIRTUAL TRIBUTARIA



Las Administraciones Públicas - sus servicios tributarios- tienen presencia en internet a través de páginas web especializadas en la gestión y recaudación tributaria , utilizando diversas denominaciones:
OAC:Oficina de Atención al Contribuyente
OVT:Oficina Virtual Tributaria
Portal Tributario
Carpeta Ciudadana etc
Utilizando diversas denominaciones suponen un método útil pero no exclusivo de relación con el contribuyente así una de las manifestaciones del derecho de los ciudadanos a la Administración electrónica (artículo 6 de la LAECSP) es la posibilidad de elegir el medio , electrónico o convencional, para relacionarse con la Administración Pública .
Derecho de los ciudadanos a la Administración electrónica El artículo 6 de la LAECSP contiene las manifestaciones concretas de este derecho de nueva generación y que tiene como primera manifestación el derecho a elegir el medio, electrónico o convencional, para relacionarse con la Administración Pública.


Sede electrónica
La OVC ha de residir en la sede electrónica de la entidad correspondiente consistente en el punto de acceso electrónico desde el cual los ciudadanos pueden ejercer sus derechos y desde donde pueden desenvolverse los procedimientos y actuaciones administrativos electrónicos. Consiste una página Web cualificada llamada a convivir con otras direcciones Web administrativas sin tal condición y con finalidades meramente informativas. La sede electrónica está sujeta a unos principios de publicidad oficial y responsabilidad e implica un claro compromiso de la Administración Pública titular con su contenido.
Acceso seguro
Conforme a la Ley 11/2007 y LOPD se han de establecer garantias de seguridad para el acceso al información, su utilización y contra ataques infor.máticos (suplantación de identidad; robo de datos etc).
El acceso se ha de realizar conforme alguno de estos medios para garantizar la seguridad:
  1. DNI electrónico.  
  2. Certificación digital de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre u otro organismo oficial.
Servicios de la OVT:
Los servicios electrónicos a los que se puede acceder a través de la oficina virtual tributaria pueden dividirse en dos grandes categorías: consultas y transacciones.
Las primeras no requieren modificación o actualización de los datos de que dispone la Administración, como por ejemplo cuando se expiden a solicitud del ciudadano documentos electrónicos como certificados de pago, duplicados de recibo…
Las transacciones, en cambio, sí que pueden tener en implicaciones en el contenido de las bases de datos corporativas, como por ejemplo cuando un contribuyente inicia una tramitación por medios telemáticos (cambio de domicilio, domiciliación, auto liquidaciones ...), o bien cuando se realizan sugerencias o se comunican incidencias a la Administración, que requieren la tramitación de un expediente .
Desnudarse ante el ciudadano exige higiene ; las bases de datos tributarios deben aparecer con datos correctos y sin errores .
Si el ciudadano detecta errores se debe considerar un medio de depuración de datos y no un ataque a la Administración Tributaria.
Identificado el contribuyente de forma segura, se le permitiría acceder en tiempo real a consultar o realizar las siguientes operaciones a modo de ejemplo (extraídas de la página web de la Diputación de La Coruña): 
  • A su información o cuenta tributaria.
  • A sus valores en voluntaria, ejecutiva o los que estén incluidos en un expediente de apremio.
  • A sus  expedientes de gestión.
  • A sus bienes que constituyen objetos tributarios (Inmuebles, Vehículos...etc.).
  • Localización en la cartografía oficial del Catastro.
  • Domiciliación de sus recibos.
  • Alta de autoliquidación de Vehículos.
  • Pago de sus recibos.
  • Modificación o ampliación de algunos de sus datos personales (dirección, fecha de nacimiento, teléfonos fijo e móvil, fax, correo electrónico..etc.).
  • Consulta de recibos anulados.
  • Justificante de recibos pagados.
  • Impresión de documentos cobratorios.

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