miércoles, 6 de julio de 2011

INSPECCION Y DEPURACION

Leyendo un artículo  del Consultor vía GTT sobre Nuevas vías de financiación de las Entidades Locales (I)   , se me ocurren una serie de reflexiones con el título INSPECCION Y DEPURACION.
Si partimos de la premisa de no subir los impuestos , contener el esfuerzo fiscal y no modificar el régimen de financiación general de las Haciendas Locales la única solución es mejorar la eficiencia y eficacia de las actuales figuras impositivas.
¿Cómo lograr estos objetivos? con la inspección y la depuración de las bases de datos fiscales.


INSPECCIÓN
La inspección supone un incremento de los ingresos municipales por 2 vías:
-Las liquidaciones por actas de comprobación o inspección.
-Las nuevas altas en padrones que se produzcan vía inspección.

Los tributos y tasas reales , cuyo objeto tributario se basa en bienes inmuebles, están interconectados entre sí lo que supone que inspeccionando un tributo podemos depurar o inspeccionar otros.
Por ejemplo con las cintas VARPAD de cambio de titularidad de IBI se puede inspeccionar las plusvalías IIVTNU, comprobando si esos cambios de titularidad se han recogido.
Otro caso en la inspección urbanística o del ICIO se puede utilizar para dar de alta en el IBI obras nuevas que no estén recogidas , y viceversa a través de la inspección catastral se pueden detectar obras  y construcciones que no han tributado por el ICIO o tasa de licencia urbanística.
Cerrando el círculo se pueden detectar omisiones en las tasas que gravan la vivienda como basuras , alcantarillado , vados etc

Respecto al IAE , si bien tiene carácter residual con las exenciones del art 82 TRLRHL, se puede inspeccionar sobre todo en zonas y polígonos industriales.
Hemos de tener en cuenta que esta es una competencia de Hacienda , así que se puede solicitar su delegación a la Entidad Local. Se debe solicitar antes del mes de octubre del año corriente para que podamos iniciar esas tareas en el ejercicio siguiente.
El IAE se utiliza en muchas ocasiones como referente para las tasas de basura , aquí encontramos otra relación que nos permitiría depurar una nueva base tributaria.

La revisión de las liquidaciones provisionales en el ICIO supone posiblemente el mayor nicho recaudatorio. Los proyectos aparecen con los precios tirados , simplemente el IPC de varios años ya supone un incremento de las liquidaciones. Aparecen reformados de proyectos que no constan ; es necesario revisar la contabilidad de la obra concreta etc.

La inspección catastral respecto al IBI es una fuente de ingresos y de disgustos; la inspección catastral es competencia del catastro salvo acuerdo de delegación.
Las revisiones y actualizaciones catastrales normalmente están llenas de errores e imprecisiones lo cual supone al final una devaluación de los padrones del impuesto y su engorde ficticio por el cúmulo de errores que se producen.
No queda más remedio que intentar solucionar los errores , pero al final todo depende de un técnico del catastro o de una de sus empresas subcontratadas.
No se deberían aceptar revisiones catastrales con un número importante de titulares catastrales del tipo José Fernández con dirección en USA (ejemplo verídico) o urbanas que aparezcan En investigación art 47….
No obstante el campo de actuación municipal es amplio sobre todo revisando omisiones del catastro, altas nuevas , ampliaciones y modificaciones en inmuebles. Esto está íntimamente relacionado con la inspección urbanística  que supone otra fuente de ingresos y que también permite actualizar los padrones de urbana y rústica.
La entidad local puede presentar esas altas bien directamente bien a través de una empresa ante el catastro .
El aumento en el padrón lo recibiremos en el ejercicio siguiente y por otro lado las liquidaciones de IBI aumentarán nuestro ingresos.
Quizás la manera más sencilla es superponer los planos catastrales con google maps  y detectar las edificaciones que no aparecen en los planos catastrales además de edificios siempre podemos encontrar piscinas , garajes , cenadores no dados de alta.

Sin embargo siempre tendremos una espada de Damocles ; la prescripción , sólo podremos liquidar esos últimos cuatro años….

Por último , un tema tabú, los procedimientos sancionadores que deberían continuar al procedimiento de inspección. Las sanciones tributarias son otra fuente de ingreso que las Administraciones Locales por término general no suelen utilizar por su conflictividad.

DEPURACION DE DATOS FISCALES
Esta debería ser una tarea continua en cualquier Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria.
Desde dos perspectivas:
-Mediante actuaciones específicas programadas de depuración de datos como búsquedas de contribuyentes duplicados o corrección y búsqueda de Identificadores Fiscales.
-A nivel individual , desde atención al público , como una tarea consustancial del funcionario que atiende al contribuyente ; aprovechando su presencia física para recoger y depurar datos.
Aquí cobra vital importancia un identificador fiscal correcto; recordar que este es un dato legalmente necesario tanto en los recibos como en la providencia de apremio.
La falta de identificación fiscal impide la realización de actuaciones masivas a través del sistema centralizado de embargos de cuentas o petición de información a la SS  o de índices de Registradores y notarios.
El dato NIF falta o es incorrecto fundamentalmente en el IBI RUSTICA y en Tasas por lo que su depuración al menos en las Tasas es una tarea imprescindible en los servicios recaudatorios y de gestión municipales.

Con este comentario , he querido realizar una visión parcial de un problema general como es la financiación de las Haciendas Locales.

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